Este decreto fue la conclusión de
un trámite que inició el 16 de octubre de 1925, día en que está fechado un
oficio en el que los habitantes de Agua Hedionda solicitan al Congreso local
que se eleve su población a la categoría de comisaría municipal, se le asigne
dentro de una de las fracciones del Artículo 1 del Reglamento Agrario y se le
dote de fundo legal. Esta solicitud está fundada en la Ley Agraria del 6 de
enero de 1915 que, según el mismo oficio, “da derecho a obtener tierras a los
que las necesitan”; en la Constitución de 1917, que reformó el derecho a la
propiedad, “subordinando a las necesidades colectivas, acondicionando la
utilidad social y dejando de ser un derecho absoluto y exclusivo del individuo”;
así como en la circular no. 40 de la Comisión Nacional Agraria, de 6 de octubre
de 1920, que sugería a los gobernadores “la conveniencia de que procedan a
eregir a los poblados existentes en los latifundios formados por los mismos
trabajadores en PUEBLOS LIBRES, RANCHERÍAS o COMUNIDADES, según su importancia”.
Es decir, se buscaba dar una categoría política para poder solicitar tierras
ejidales.
Este oficio ostentaba 21 firmas,
encabezadas por la del presidente del Comité Particular Ejecutivo, José V. Gómez,
y estaba complementado con una lista de 241 nombres de supuestos habitantes de
Agua Hedionda, con su edad, estado civil, profesión y capital. Suficiente para
que la comunidad tuviera esa categoría política.
Sin embargo, en oficio 565, del
27 de abril de 1926, el presidente municipal de Autlán, Serapio Ortega, informó
al Congreso que en Agua Hedionda “solamente hay cuatro casas, siendo por lo
tanto imposible que se sostenga con sus propios recursos”. Esto para responder
al oficio 92, en que el Congreso le pedía su opinión sobre la solicitud.
La opinión del presidente
municipal no tuvo peso, porque el 4 de octubre siguiente el gobernador Silvano
Barba González manifestaba haber recibido el decreto 2959, que mandaría en el
acto a publicar en el periódico oficial. Con esto, Agua Hedionda se elevaba a
la categoría de comisaría municipal y parecía terminar el asunto.
Pero el mismo día que se publicó
el decreto 2959 fue publicado también el 2947, que erigía en comisaría
municipal a Ayutita, que incluía dentro de su jurisdicción nada menos que a
Agua Hedionda. Se creó con esto una aberración jurídica, en la que una
comisaría política (Agua Hedionda) formaba parte al mismo tiempo de otra
(Ayutita).
Este descuido del Congreso de
Jalisco quedaría vigente durante un año y medio, hasta que el 22 de marzo de
1928 se expidió el decreto 3347, que derogaba al 2959. Entre los argumentos que
se ventilaron en la discusión previa a esta derogación estuvo precisamente el hecho
de que Agua Hedionda tenía solamente cuatro casas, aparte de que “no se han
establecido las oficinas administrativas como resultado de haberse erigido en
Comisaría Municipal, por la falta absoluta de elementos económicos para
sostenimiento y por su absoluta inutilidad”.
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